Andrés Iván Dueñas Castrillo (Presidente de la Asociación de Jóvenes Investigadores de la Universidad de Valladolid –INICIACTIVA-, Profesor Ayudante Doctor de Derecho Constitucional, Universidad de Valladolid, miembro del Proyecto)
La Universidad de Valladolid acordó en su Consejo de Gobierno del viernes 9 de junio una norma transitoria para adaptar a su ámbito las nuevas figuras contractuales que prevé la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU)[1]; un nuevo régimen que ha entrado en vigor ya viciado en cuanto a la forma y el fondo del mismo. La LOSU prevé que las nuevas figuras contractuales que ha establecido han de ser previamente discutidas en sede de negociación colectiva con los sindicatos. Derecho –el de negociación colectiva- que está reconocido como fundamental en el art. 37.1 de nuestra Constitución y que el Tribunal Constitucional ha declarado en varias ocasiones que tiene una especial conexión con el derecho a la libertad sindical del art. 28.1 de la Carta Magna.
[1] Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid para la adaptación transitoria de determinadas figuras de profesorado con contrato laboral a la Ley Orgánica del Sistema Universitario.
Estos dos derechos que acabo de enunciar fueron conculcados con la aprobación del acuerdo. Al Consejo de Gobierno se nos presentó un “acuerdo” a través de una ampliación con menos de 48 horas de antelación del orden del día y sin que previamente hubiera sido discutido con los sindicatos en la Mesa de Negociación de la Universidad de Valladolid. Más que un acuerdo, entonces, se podría hablar de una imposición. Aunque los miembros del Consejo de Gobierno estamos acostumbrados a que se nos mande la documentación del mismo –que a veces llega a las 1000 páginas- con menos de una semana de antelación, en este caso no hay duda de que es imposible debatir con el suficiente rigor ningún documento que se envíe a menos de dos días de la convocatoria del órgano que ha de decidir sobre su posible aprobación.
Pero lo más importante es que este acuerdo, que en su rúbrica reza como “transitorio” –aunque no se establezca ninguna fecha de caducidad del mismo- es contrario al fondo de la LOSU. Si para los propios universitarios a veces es complejo entender toda la maraña de figuras contractuales que existen en la Universidad, entiendo que para el lector lo sea aún más, por lo que trataré de hacer un ejercicio de pedagogía.
Para empezar, hay que decir que, por desgracia, estamos habituados a que la Universidad de Valladolid incumpla la ley. En este mismo periódico escribí en el mes de diciembre un artículo sobre los complementos salariales que los jóvenes investigadores no cobramos, cuando el Estatuto de los Trabajadores nos reconoce tal derecho y así lo ha admitido el Tribunal Supremo. Quien escribe estas líneas, por ejemplo, acaba de recibir su primer sexenio de investigación, pero sin efectos retributivos, lo cual en un sinsentido jurídico-laboral.
¿Por qué ahora este acuerdo aprobado por la Universidad Valladolid viola de nuevo el ordenamiento jurídico? Es muy fácil: tan sólo hay que ir a la letra de la LOSU. El art. 82 c) de la Ley establece que los nuevos profesores permanentes laborales (PPL) han de tener unos derechos y deberes “comparables a los del personal docente e investigador funcionario”, esto es, a figuras como la del profesor titular de universidad (PTUN). Sin embargo, el segundo punto del acuerdo de la UVa dispone que esta figura se equiparará en obligaciones y régimen retributivo a la actual figura de profesor contratado doctor (CDOC), que también es una figura no funcionarial con una relación laboral indefinida con la universidad, pero que la LOSU elimina.
Se preguntará el lector cuál es la diferencia entre equiparar a los nuevos PPL con los PTUN, en vez de con los antiguos CDOC. Pues bien, tanto en la Universidad de Valladolid como en Castilla y León no es cuestión baladí: mientras un PTUN cobra como salario base –sin complementos docentes ni investigadores- 35.278,04€ -según las retribuciones consultadas en el portal de transparencia de la UVa del año 2021, ya que no están publicadas las de 2022-, un CDOC cobra 31.337,22€ al año (es decir, casi 4.000€ menos). Por tanto, con este régimen se provoca un claro perjuicio a los jóvenes profesores e investigadores que tienen ahora la posibilidad de conseguir –por fin- un contrato indefinido en la Universidad.
Lo que viene a hacer la LOSU al equiparar los derechos y obligaciones del profesorado indefinido laboral al funcionarial no es otra cosa que confirmar el principio de igualdad reconocido en el art. 14 CE. Una igualdad –la salarial- entre trabajadores laborales y funcionarios que ya se reconoce en otras administraciones. Lógicamente, un trabajador interino que desempeña el mismo trabajo que un funcionario, tiene el mismo salario y los mismos derechos que sus compañeros. Así ocurre en los colegios e institutos y así lo ha reconocido la justicia europea (véase la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 20 de junio de 2019 en el asunto C-72/18). El argumento jurídico es uno, y bastante claro: “no existe ninguna diferencia entre las funciones, los servicios y las obligaciones profesionales asumidos por un profesor funcionario de carrera y los asumidos por un profesor contratado administrativo”.
Así lo habían reconocido ya otras Comunidades Autónomas y Universidades con anterioridad a la entrada en vigor de la LOSU en sus convenios colectivos, donde los contratados doctores cobran lo mismo que el PDI funcionario desde hace años (Murcia, Andalucía, La Rioja o la UNED son algunos ejemplos). Sin embargo, Castilla y León lleva un retraso de más de seis años en la renovación del convenio colectivo del PDI laboral universitario, con las consecuencias negativas que ello conlleva (cobramos entre un 10 y un 15% menos que la media estatal) y, permítanme los lectores el beneficio de la duda, con este acuerdo “transitorio” no parece que las Universidades tengan mucha prisa en renovar dicho convenio.
Por otro lado, la Universidad de Salamanca, aunque tampoco haya equiparado el régimen de los nuevos PPL que se contraten en esta Universidad con el PDI funcionario, sí que ha aprobado una normativa transitoria más beneficiosa con aquéllos, después de haberlo negociado con la parte social. Esto supone que en Castilla y León las personas que consigan un PPL cobrarán un diferente salario, dependiendo de la universidad en la cual desempeñen su trabajo. Por esta razón, entre otras, los sindicatos de la Universidad de Valladolid enviaron un comunicado conjunto el 6 de julio solicitando que se continúe con urgencia la negociación del III Convenio Colectivo del PDI Laboral de Castilla y León.
Mientras todo esto sucede, y los jóvenes investigadores seguimos viendo como nuestro trabajo se denigra y nos vemos abocados, en muchas ocasiones, al paro después de defender nuestras tesis doctorales –en la UVa seguimos esperando que se concrete la promesa que el Rector hizo durante la campaña electoral de convocatoria de contratos puente para evitar esta situación-, a una situación laboral por debajo de nuestra acreditación (la mayoría de profesores ayudantes doctores acceden a este contrato con la acreditación de contratado doctor) o a la no retribución de nuestros méritos investigadores y docentes; nos sentimos impotentes y perplejos viendo cómo la Junta de Castilla y León saca una convocatoria de contratos para premios nobel dotados con millones de euros y cómo las Universidades públicas siguen sin reconocer lo que se ha ganado en sede legislativa.
Castilla y León es una Comunidad Autónoma que sufre de una gran emigración juvenil, lo que ahonda en su más que preocupante despoblación. Entenderán los lectores ahora que, con el maltrato que sufrimos, en este caso en el sector universitario, pero también en muchos otros, en ocasiones no tengamos otra opción, aunque hayamos peleado por quedarnos en nuestra tierra. La solución es fácil en el aspecto concreto sobre el que versa este artículo: que no se aprueben normas transitorias que nos perjudican, minusvaloran nuestro trabajo y que van en contra de derechos fundamentales establecidos en la Constitución y del propio ordenamiento jurídico. Creo que no pedimos mucho.