Francisco Javier Matia Portilla (Catedrático de Derecho Constitucional, Universidad de Valladolid / IP1 del Proyecto)
Desde el Proyecto estatal de Investigación los límites de la autonomía de las Universidades Públicas (PID2020-113929GB-100) se han diseñado dos campañas de sensibilización en nuestra Universidad.
La primera, ya realizada, tenía que ver con el trato discriminatorio que sufrían los docentes que no tenían un descuento efectivo de horas por la tutorización de TFGs y de TFMs si tenían una carga docente de 120 horas. Esa campaña, que fue diseñada el pasado curso escolar, ha sido exitosa. Es de justicia señalar que el equipo rectoral pensaba ya en dicho reconocimiento, pero no es descartable que nuestra iniciativa también fuera útil.
La segunda campaña de sensibilización es la que ahora comenzamos, y se dirige a los coordinadores y las coordinadoras de títulos universitarios. Como sabéis el actual reconocimiento dado a esta labor por las autoridades académicas es cicatero, y consiste en asimilar dicho cargo al de secretario de departamento y restar 30 horas a su carga docente.
Cualquiera que haya ocupado este cargo sabe que las funciones vinculadas con dicho cargo académico son mucho más cercanas a las desempeñadas por un vicedecano que a un secretario de departamento. El propio rectorado debe reconocer este hecho cuando a estos últimos solamente les resta 20 horas. Y aun así la injusticia es palmaria, puesto que a los vicedecanos les resta 60 horas, el doble de lo que reconoce a un coordinador de título.
Además, este reconocimiento es a efectos exclusivamente académicos, pero no retributivos, lo que es manifiestamente discriminatorio. El argumento de que no hay dinero no se sostiene, ya que el Rectorado ha continuado engrosando a nuevas personas en su equipo que sí cuentan con retribuciones y porque, en todo caso, si el dinero es limitado lo justo es repartirlo entre todos los cargos unipersonales y no discriminar a unos en relación con otros.
Además, este reconocimiento a medias (mal planteado en los estatutos y parcial en la normativa de desarrollo) ha provocado que haya sentencias de la Audiencia Nacional que niegan que la coordinación de título de la UVa sea un cargo asimilado, y no lo tienen en cuenta a efectos de acreditaciones.
A través del presente escrito solicitamos vuestro apoyo para reclamar que la coordinación de título sea un cargo unipersonal asimilado, a todos los efectos, a los vicedecanos. Esto es lo que ocurre en otras Universidades de nuestro entorno y nos parece mucho más justo.
La estrategia que os proponemos es que los y las responsables de los títulos anuncien su dimisión para el día 1 de junio de 2024 si de aquí a entonces no se ha asimilado su cargo al de los vicedecanos con todos sus efectos (mismo descuento de carga docente y similar retribución) con ocasión de la reforma de los Estatutos que debe realizarse para adaptarlos a la LOSU. Es una dimisión condicionada que invita a la Universidad a que, en estos seis meses, pueda poner fin a una discriminación. Creemos que si un volumen razonable de coordinadores y coordinadoras apoyan esta iniciativa es muy probable que nuestra campaña sea efectiva. Por eso pedimos vuestra implicación cumplimentado el documento adjunto y haciéndolo llegar, por conducto oficial, a las autoridades académicas que constan en el mismo.
Por lealtad os comentamos también que este documento y el que os hacemos llegar para apoyar la campaña han sido trasladados al Rector de nuestra Universidad el pasado 1 de septiembre, solicitando su mediación para acabar con esta discriminación. Si os llega ahora a vosotros este correo es porque en este periodo de dos meses no se han dado pasos significativos que dignifiquen la labor de los coordinadores de titulaciones de la UVa.
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PD: Por no hacer muy largo el escrito de adhesión a la campaña que os hacemos llegar, os facilito un extracto de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 22 de febrero de 2021, a la que se alude en dicho escrito.
“no puede tener efecto la asimilación acordada por el Consejo de Gobierno de la Universidad [de Valladolid], cuyas potestades no se extienden, obviamente, a la materia ahora controvertida cuando la norma que regula ésta, la tan reiterada Disposición Adicional Primera, exige expresamente el carácter estatutario del órgano de que se trate. [….]. Además, en su caso, sería válida si dicha asimilación se hubiera efectuado con todas las consecuencias jurídicas, económicas, administrativas y académicas que conlleva la asimilación de algunos cargos con los cargos recogidos en los Estatutos de la Universidad.
Pues bien, pese a haberse modificado los Estatutos, se siguen incurriendo en las mismas deficiencias apuntadas por la Audiencia Nacional: la asimilación no está recogida de forma determinada en los Estatutos, y no se asimila el ejercicio de la coordinación del título con el Secretario de departamento, ya que carece de efectos económicos.